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Visado de nómada digital en España: requisitos y cómo solicitarlo en 2026

mayo 17, 2026
nomada digital asturias

Visado de nómada digital en España: requisitos y cómo solicitarlo en 2026

Trabajar desde una terraza con vistas al Cantábrico, desde un coworking en el centro de Gijón o desde cualquier rincón de Asturias mientras tus clientes o tu empresa están al otro lado del Atlántico. Eso es exactamente lo que permite el visado de nómada digital en España: vivir legalmente en el país mientras ejerces tu actividad laboral de forma remota para empresas o clientes ubicados fuera del territorio español.

Desde que entró en vigor en enero de 2023, este visado —creado por la Ley 28/2022 de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, conocida como Ley de Startups— se ha convertido en una de las autorizaciones de residencia más solicitadas por profesionales digitales latinoamericanos y de otros países no comunitarios que quieren instalarse en España.

En Novás Sánchez Abogados, despacho especializado en derecho de extranjería en Gijón, llevamos meses acompañando a profesionales remotos en la tramitación de este visado. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber: qué es, quién puede solicitarlo, cuáles son los requisitos actualizados para 2026, qué documentación hay que preparar y cuáles son los pasos del proceso.

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    El visado de nómada digital —cuyo nombre oficial es Autorización de Residencia para Teletrabajo de Carácter Internacional— es un permiso de residencia diseñado para ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo que trabajan en remoto mediante tecnologías digitales.

    Esta figura no existía en España antes de 2023. Con su creación, el Gobierno español quiso atraer talento internacional cualificado al país, reconociendo la realidad del trabajo remoto global y ofreciendo una vía legal clara para quienes quieren vivir en España sin depender de un empleo local.

    Es importante entender qué no es este visado: no es un visado de turista ni permite simplemente quedarse más de 90 días. Es una residencia legal que permite vivir y trabajar de forma completamente regular en España, con acceso a la Seguridad Social, a la apertura de cuentas bancarias y, con el tiempo, a la residencia permanente y a la nacionalidad española.

    El visado de nómada digital está pensado para dos perfiles principales:

    • Trabajadores por cuenta ajena: profesionales que tienen un contrato laboral con una empresa ubicada fuera de España y que pueden realizar su trabajo de forma remota. El contrato debe poder ejecutarse completamente a distancia.
    • Autónomos y freelancers: profesionales independientes que prestan servicios a empresas o clientes ubicados fuera de España. Pueden tener uno o varios clientes, siempre que la mayoría de sus ingresos procedan del exterior (al menos el 80%).

    Un detalle importante: se permite trabajar para clientes o empresas españolas, pero con un límite. La normativa establece que el trabajo para clientes nacionales no puede superar el 20% del total de la actividad profesional. Si superas ese porcentaje, necesitarás un permiso de trabajo distinto.

    Este visado no está disponible para ciudadanos de la Unión Europea, ya que estos tienen libertad de circulación y pueden trabajar en remoto desde España sin necesitar ninguna autorización especial de residencia (aunque sí deben registrarse como residentes si su estancia supera los tres meses).

    Estos son los requisitos que debes cumplir para obtener el visado de nómada digital en España en 2026. La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), que es el organismo que tramita estas solicitudes, revisa cada expediente con detalle. Un requisito mal acreditado es la causa más frecuente de denegación.

    El solicitante debe ser nacional de un país que no pertenezca a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo. Los ciudadanos de países latinoamericanos (México, Colombia, Argentina, Venezuela, Perú, Ecuador, etc.) son los principales beneficiarios de esta figura.

    La UGE exige demostrar que eres un profesional cualificado. Hay dos vías para hacerlo:

    • Vía académica: título de grado o posgrado expedido por una universidad de reconocido prestigio, escuela de negocios de reconocido prestigio o formación profesional de grado superior. Es la vía más directa y la que genera menos problemas en la revisión.
    • Vía experiencia profesional: si no tienes título universitario, puedes acreditar una experiencia mínima de tres años ejerciendo funciones análogas a las que vas a desarrollar en remoto desde España. No basta con el currículum: necesitarás vida laboral oficial, contratos anteriores y cartas de exemployers que detallen las funciones desempeñadas y los períodos trabajados.

    Debes acreditar que la relación laboral o profesional con tu empresa o clientes lleva al menos tres meses activa en el momento de presentar la solicitud. Para los trabajadores por cuenta ajena, esto se demuestra con el contrato de trabajo. Para los autónomos y freelancers, con contratos de prestación de servicios, facturas emitidas y documentación que acredite la continuidad de la relación.

    La empresa para la que trabajas debe tener al menos un año de actividad acreditada. Esto se documenta con información pública de la empresa (extracto del registro mercantil o equivalente, web corporativa, documentación fiscal, etc.). Es un requisito que se verifica especialmente en el caso de startups o empresas muy nuevas.

    Este es el requisito más importante en términos numéricos y el que más solicitudes frustra cuando no se acredita correctamente. El solicitante debe demostrar ingresos estables, recurrentes y suficientes que alcancen, como mínimo, el 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de España.

    Para 2026, con el SMI fijado en 1.221€ mensuales en 14 pagas (Real Decreto 126/2026), el umbral de ingresos mínimos exigido es de aproximadamente 2.849€ al mes (o unos 34.188€ anuales).

    Los ingresos se acreditan con extractos bancarios de los últimos 3 a 6 meses, nóminas o facturas emitidas, y contratos o acuerdos de prestación de servicios. La UGE verifica que los flujos reales de fondos coincidan con los ingresos declarados.

    Es obligatorio contar con un seguro de enfermedad que proporcione coberturas equiparables a las del Sistema Nacional de Salud español. El seguro debe estar contratado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España y debe permanecer vigente durante toda la duración de la autorización.

    Un punto a tener en cuenta en 2026: la UGE está siendo más estricta en la revisión de seguros médicos, rechazando pólizas con copagos elevados o coberturas limitadas. Asegúrate de que tu seguro tenga cobertura completa sin exclusiones importantes antes de incluirlo en el expediente.

    Excepción: si tu país tiene un convenio de coordinación de seguridad social con España y ese convenio prevé cobertura sanitaria en España, puedes acreditarlo con el certificado de derecho emitido por la institución competente de tu país.

    Debes aportar certificado de antecedentes penales del país o países en los que hayas residido durante los dos últimos años, debidamente apostillado o legalizado, y acompañado de traducción jurada al español si no está en este idioma. Además, se requiere una declaración responsable de no tener antecedentes penales en los últimos cinco años.

    El solicitante no debe figurar como rechazable en el Sistema de Información Schengen ni tener ninguna prohibición de entrada en vigor en España o en otro país de la Unión Europea.

    Reunir y preparar correctamente la documentación es la fase más crítica del proceso. Un documento mal apostillado, una traducción no jurada o un extracto bancario que no coincide con los ingresos declarados pueden provocar la denegación de la solicitud. Desde Novás Sánchez Abogados revisamos cada expediente al detalle antes de presentarlo.

    La documentación habitual incluye:

    • Pasaporte en vigor con una validez mínima de un año y al menos dos páginas en blanco. No se aceptan pasaportes emitidos hace más de 10 años.
    • Formulario de solicitud (formulario oficial según el canal de presentación).
    • Acreditación de ingresos: extractos bancarios de los últimos 3-6 meses, nóminas y/o facturas emitidas que demuestren ingresos recurrentes superiores al 200% del SMI.
    • Contrato de trabajo o contratos de prestación de servicios con la empresa o clientes extranjeros, junto con documentación que acredite que la actividad puede realizarse íntegramente en remoto.
    • Acreditación de la empresa: documentación que demuestre que la empresa empleadora o los clientes tienen al menos un año de actividad real y continuada (extracto registral, información fiscal, web corporativa, etc.).
    • Acreditación de cualificación: título universitario apostillado y traducido, o documentación alternativa que acredite la experiencia profesional mínima de tres años.
    • Certificado de antecedentes penales de los países de residencia de los últimos dos años, apostillado o legalizado y con traducción jurada al español.
    • Póliza de seguro médico privado con cobertura completa en España, contratada con entidad autorizada a operar en el país.
    • Fotografías recientes en formato carné.
    • Pago de las tasas administrativas correspondientes.

    Importante: toda la documentación expedida en el extranjero debe estar apostillada (si el país es firmante del Convenio de La Haya) o debidamente legalizada, y acompañada de traducción oficial jurada al español si no está en este idioma.

    Existen dos formas de tramitar el visado de nómada digital en España, y la elección entre una u otra depende de dónde te encuentres en el momento de hacer la solicitud.

    Si te encuentras fuera de España, debes solicitar el visado en el Consulado o Embajada de España en tu país de residencia. El proceso habitual es:

    • Solicitar cita previa en el consulado correspondiente (el proceso varía según el consulado).
    • Preparar y presentar toda la documentación.
    • Esperar la resolución: el plazo legal es de 20 días hábiles, aunque en la práctica puede extenderse entre 15 y 45 días hábiles dependiendo del consulado.
    • Si se concede, obtienes un visado de un año de duración, con el que entras a España y posteriormente debes solicitar la autorización de residencia.

    Si ya te encuentras en España de forma legal —con visado de turista, de estudiante o en cualquier otra situación regular—, puedes tramitar la autorización de residencia directamente ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), sin necesidad de pasar por el consulado. Esta vía tiene ventajas importantes:

    • Obtienes directamente una autorización de residencia de tres años (renovable por dos más), en lugar del visado de un año que se concede desde el consulado.
    • El proceso es completamente telemático.
    • No necesitas salir de España para iniciar el trámite.

    La duración del visado o autorización varía según cómo hayas tramitado la solicitud:

    Vía de solicitudDuración inicialPosibilidad de renovación
    Desde el consulado (país de origen)1 añoSí, tramitando autorización de residencia al llegar a España
    Desde España (UGE)3 añosSí, renovable por 2 años más

    La autorización de residencia puede mantenerse durante un total de 5 años. Transcurrido ese período, el nómada digital puede solicitar la residencia permanente, que es una residencia de larga duración sin límite temporal.

    Para los ciudadanos de países iberoamericanos (México, Colombia, Argentina, Venezuela, Perú, Ecuador, Chile, Bolivia y otros), el camino es incluso más corto hacia la ciudadanía: pueden solicitar la nacionalidad española por residencia tras solo 2 años de residencia legal y continuada, en lugar de los 10 años que se exigen con carácter general. Los años con residencia de nómada digital computan para este período.

    Una de las grandes ventajas del visado de nómada digital en España es el acceso al régimen fiscal especial para trabajadores desplazados, conocido popularmente como Ley Beckham (artículo 93 de la Ley del IRPF).

    Este régimen permite a los nómadas digitales que pasen más de 183 días al año en España —convirtiéndose en residentes fiscales— tributar por sus rentas a un tipo fijo del 24%, en lugar de la escala progresiva del IRPF que va del 19% al 47%. Esta ventaja se puede aplicar durante los primeros seis años de residencia.

    Para acceder a este régimen es necesario no haber sido residente fiscal en España durante los cinco años anteriores a la solicitud. La solicitud se tramita ante la Agencia Tributaria (AEAT) una vez establecida la residencia en España.

    Sí. El visado de nómada digital permite la reagrupación familiar. Pueden acompañarte y obtener también autorización de residencia:

    • Tu cónyuge o pareja de hecho (debidamente inscrita).
    • Los hijos menores de edad a tu cargo.
    • Los descendientes o ascendientes mayores de 18 años que dependan económicamente de ti, siempre que no hayan constituido unidad familiar propia.

    A diferencia de otras modalidades de reagrupación familiar, los familiares del nómada digital que obtengan su autorización también tendrán derecho a trabajar en España. Esto es una ventaja significativa respecto a otros visados donde los familiares solo obtienen permiso de residencia sin autorización para trabajar.

    Recuerda que el umbral mínimo de ingresos aumenta según los familiares que vayas a reagrupar, tal como explicamos en el apartado de requisitos.

    Aunque la tramitación se realiza ante la UGE (si ya estás en España) o ante el consulado de España en tu país, el lugar donde vayas a vivir una vez concedida la autorización es relevante a efectos de registro y gestiones posteriores.

    Si tu destino en España es Gijón o cualquier otro municipio de Asturias, tendrás que empadronarte en el ayuntamiento correspondiente, solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía de Gijón, y darte de alta en la Seguridad Social si vas a cotizar como autónomo.

    Asturias es una comunidad con una calidad de vida muy alta, coste de vida razonable respecto a otras zonas de España, buena conectividad a través del Aeropuerto de Asturias, y una comunidad creciente de profesionales digitales. Gijón, en particular, ofrece una infraestructura de coworkings y servicios que la convierte en una opción muy atractiva para quienes buscan una alternativa a las grandes capitales.

    En Novás Sánchez Abogados, con despacho en Gijón, tramitamos expedientes de nómadas digitales para toda Asturias y también por videoconferencia para personas que todavía están fuera de España y quieren preparar su llegada con todas las garantías.

    Lorena (nombre ficticio para proteger su intimidad) es diseñadora gráfica colombiana que lleva cinco años trabajando como freelance para varias agencias de publicidad en Estados Unidos y Canadá. Siempre había querido vivir en España, y cuando supo de la existencia del visado de nómada digital, nos contactó a través de nuestra consulta por videoconferencia.

    Lorena tenía ingresos estables superiores a 3.500€ mensuales, un portafolio sólido y carrera acreditada, pero no sabía cómo traducir eso en documentación válida para la UGE ni cómo demostrar que su relación con clientes extranjeros cumplía los requisitos de la normativa española.

    Desde nuestro despacho la ayudamos a estructurar el expediente: preparamos una carta de presentación profesional que contextualizaba su actividad, la asesoramos en la obtención del certificado de antecedentes penales colombiano y su apostillado, revisamos que su seguro médico tuviera la cobertura adecuada y preparamos la solicitud telemática ante la UGE.

    Pocos meses después, Lorena obtuvo su autorización de residencia de tres años. Hoy vive y trabaja desde Gijón, ha solicitado el régimen Beckham para optimizar su situación fiscal y está encantada con la decisión.

    «Pensé que el proceso iba a ser imposible desde Colombia. Novás Sánchez Abogados me guió en cada paso por videoconferencia y en pocos meses tenía mis papeles en regla para vivir en España. Fue la mejor decisión de mi vida.»

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    La solicitud del visado de nómada digital no es especialmente compleja en teoría, pero en la práctica es uno de los expedientes donde más errores se producen. La UGE es el organismo con más criterio técnico en materia de extranjería y revisa cada expediente con detalle.

    Los motivos más frecuentes de denegación que vemos en nuestro despacho son:

    • Seguro médico con coberturas insuficientes o copagos elevados.
    • Extractos bancarios que no reflejan correctamente los ingresos declarados.
    • Documentación de la empresa empleadora incompleta o insuficiente para acreditar la actividad real y continuada.
    • Títulos académicos apostillados pero sin traducción jurada, o al revés.
    • Contratos de prestación de servicios que no reflejan con claridad la posibilidad de trabajar íntegramente en remoto.

    Una denegación no solo frustra el proceso: puede complicar solicitudes futuras. En Novás Sánchez Abogados ofrecemos:

    • Valoración previa personalizada de tu situación y análisis de viabilidad.
    • Preparación completa del expediente, incluyendo orientación sobre traducciones, apostillas y documentación de la empresa.
    • Gestión telemática de la solicitud ante la UGE.
    • Seguimiento continuo y respuesta a requerimientos de la Administración.
    • Orientación sobre los pasos posteriores: empadronamiento, TIE, Seguridad Social y régimen Beckham.
    • Atención presencial en Gijón o por videoconferencia desde cualquier país.

    ¿Puedo solicitar el visado de nómada digital si soy autónomo y tengo varios clientes?

    Sí. El visado está pensado tanto para empleados por cuenta ajena como para autónomos y freelancers con varios clientes. Lo importante es que la mayoría de tus ingresos (al menos el 80%) procedan de clientes o empresas ubicadas fuera de España, y que puedas acreditar una relación profesional continuada de al menos tres meses y unos ingresos estables superiores al 200% del SMI.

    ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud?

    El plazo legal de resolución es de 20 días hábiles. Sin embargo, en la práctica puede extenderse entre 20 y 45 días hábiles si se tramita desde España ante la UGE, y entre 15 y 45 días hábiles si se tramita desde el consulado en el país de origen.

    ¿Puedo solicitar este visado estando ya en España como turista?

    Sí. Si te encuentras en España legalmente, puedes presentar la solicitud directamente ante la UGE sin necesidad de salir del país. En este caso obtienes una autorización de residencia de tres años directamente.

    ¿Qué pasa si pierdo mi trabajo mientras tengo el visado de nómada digital?

    Tu residencia está vinculada a tu condición de teletrabajador internacional. Si pierdes tu empleo o tus contratos de freelance, debes encontrar una nueva situación que cumpla los requisitos del visado o tramitar una modificación a otro tipo de permiso de residencia para no caer en irregularidad.

    ¿Los años de residencia como nómada digital cuentan para solicitar la nacionalidad española?

    Sí. El tiempo de residencia legal con el visado de nómada digital computa para el período exigido para la nacionalidad española. Para ciudadanos iberoamericanos (Colombia, México, Argentina, Venezuela, Perú, Ecuador, Chile, Bolivia, etc.) el período mínimo para solicitar la nacionalidad es de solo 2 años de residencia legal y continuada.

    ¿Puedo trabajar para una empresa española con este visado?

    En parte. La normativa permite trabajar para empresas o clientes españoles, pero ese trabajo no puede superar el 20% del total de tu actividad profesional. Si tus ingresos procedentes de España superan ese porcentaje, necesitarás un permiso de trabajo diferente.

    ¿Qué es la Ley Beckham y cómo me beneficia como nómada digital?

    La Ley Beckham es el nombre popular del régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a España (artículo 93 de la Ley del IRPF). Permite a los nómadas digitales tributar a un tipo fijo del 24% durante los primeros seis años, en lugar de la escala progresiva del IRPF (entre el 19% y el 47%). Para acceder hay que no haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores.

    ¿Puedo tramitar el visado de nómada digital desde Gijón o Asturias con vuestra ayuda?

    Absolutamente. En Novás Sánchez Abogados, con despacho en Gijón, tramitamos expedientes de visado de nómada digital para clientes que ya están en Asturias y también, por videoconferencia, para personas que todavía están en su país de origen. Primera consulta disponible por 60€, presencial o por videoconferencia.

    El visado de nómada digital en España es hoy, especialmente tras la eliminación de la Golden Visa en abril de 2025, la vía principal de residencia legal para trabajadores remotos extracomunitarios que quieren instalarse en España. Combina la flexibilidad del trabajo remoto con la seguridad jurídica de una residencia legal, el acceso a la Seguridad Social, importantes ventajas fiscales y un camino claro hacia la residencia permanente y la nacionalidad española.

    Los requisitos son exigentes, pero completamente alcanzables si se prepara el expediente con rigor y con el asesoramiento adecuado. Una solicitud bien preparada es la diferencia entre obtener el visado en pocas semanas o enfrentarse a una denegación que complique el proceso.

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    Nota: Este artículo es informativo y no constituye asesoría jurídica individualizada. La normativa de extranjería está sujeta a cambios. Para recibir orientación adaptada a tu situación concreta, contacta con un abogado especialista.